Directora de Pro Consumidor aboga por un Sistema Nacional de Atención al Consumidor

En busca de dar respuestas positivas a los reclamos de los consumidores o usuarios de  toda la geografía nacional, la doctora Anina Del Castillo, directora de Pro Consumidor abogó por la consolidación de un Sistema Nacional de Atención al Consumidor. 

Sostuvo que a través de este sistema se avanzaría en todos los terrenos asociados con la protección a la defensa de los consumidores y se respetaría el derecho de los mismos de recibir  productos  y servicios de calidad.

“Necesitamos construir acuerdos amplios que permitan avanzar en la formulación de una política de protección a los derechos de los consumidores en la República Dominicana y para esto tenemos que trabajar en la búsqueda de mecanismos eficientes que permitan cubrir a nivel nacional estos reclamos”, agregó la funcionaria.

Estas declaraciones fueron expuestas durante la Conferencia Magistral “Los Derechos del Consumidor en el Sector Vivienda”, dictada durante la firma del convenio entre Pro Consumidor y La Asociación Dominicana de Constructores y Promotores de Viviendas, ACOPROVI.

Durante su intervención, Del Castillo hizo referencia a la sentencia 692-15 que ratifica la potestad sancionadora que le otorga la Suprema Corte de Justicia a Pro Consumidor, así mismo el reconocimiento que le confiere a la entidad de ser la Autoridad Nacional de Vigilancia en el Mercado.

“Pro Consumidor es la institución reguladora del mercado de bienes y servicios, para proteger los derechos colectivos, difusos y constitucionales del consumidor y no se puede cuestionar su capacidad sancionatoria establecidas en la sentencia 692-15 dictada por la Suprema Corte de Justicia”, indicó.

Esta sentencia número 692-15, reconoce los títulos habilitantes en que la Ley 358-05 atribuye potestad sancionadora a la Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor frente a las inconductas de los administrados y por tanto, su capacidad para imponer las multas administrativas.

A la vez faculta a Pro Consumidor como órgano regulador que puede aplicar las sanciones tipificadas en los artículos 112 de la ley 358-05, donde se establecen las multas correspondientes en razón de la gravedad de la falta cometida, a fin de garantizar y proteger de manera efectiva los derechos de las personas, a fin de preservar el Estado Social y Democrático de derecho en el país, entre otros.

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